Canal de denuncias
Canal de denuncias de Viva Makeni
Introducción
El objetivo de esta política es establecer el sistema para la gestión de denuncias que permita identificar conductas irregulares en VIVA MAKENI . Para ello, se habilitará un canal para el envío de las denuncias que podrán utilizar todos los grupos de interés: voluntarios, donantes, beneficiarios, proveedores, etc.
Se considera que una denuncia implica manifestar el estado ilegal, irregular o inconveniente de cualquier acción llevada a cabo por algún miembro relacionado con la organización o por la propia entidad
Principios
Accesibilidad:
El canal de denuncias estará accesible en la página web de modo abierto y público y, además, se pueden utilizar otras vías para aquellos grupos de interés que no tienen fácil acceso a internet, como pueden ser buzones físicos, teléfono e incluso encuentros presenciales de la persona informadora con las personas responsables del canal o también con las personas representantes autorizadas del canal.
Transparencia
.Se informará a los grupos de interés de la existencia de este canal de denuncias.
Anonimato:
Las denuncias se podrán realizar de manera anónima. No obstante, para poder realizar un seguimiento adecuado, se solicitará información para contactar con el denunciante, siendo decisión del denunciante proporcionarla o realizar la denuncia de forma anónima. En el caso de que la denuncia no sea anónima, VIVA MAKENI se compromete a no tomar ninguna medida disciplinaria ni acción legal contra el emisor de una denuncia de buena fe.
VIVA MAKENI se reserva el derecho de emprender acciones legales o disciplinarias contra cualquier empleado o miembro del órgano de gobierno de la Fundación/Asociación que tome una represalia contra el emisor de una denuncia de buena fe.
Confidencialidad:
La identidad de la persona que realice la comunicación tendrá la consideración de información confidencial y no podrá ser comunicada sin su consentimiento. No obstante, los datos de las personas que efectúen la comunicación podrán ser facilitados tanto a las autoridades administrativas como a las judiciales siempre que fueran requeridos como consecuencia de cualquier procedimiento derivado del objeto de la denuncia.
Dicha cesión de los datos a las autoridades administrativas o judiciales se realizará siempre dando pleno cumplimiento a la legislación sobre protección de datos de carácter personal. Buena fe: la posibilidad de que las denuncias sean anónimas podría facilitar que la organización reciba información de personas que pueden tener miedo a represalias.
Objetividad e imparcialidad:
En todos los casos se debe garantizar la independencia e imparcialidad de todas las personas que participan en la gestión de las denuncias a la hora de emprender cualquier tipo de acción. A tal efecto la Junta Directiva podrá nombra un Instructor de la denuncia externo a la misma
Eficiencia: la tramitación de todas las solicitudes se realizará a la mayor brevedad posible y en cualquier caso se respetarán los plazos establecidos por ley. No obstante, VIVA MAKENI se reserva el derecho a no emitir una respuesta en los siguientes casos:
- Solicitudes de datos de carácter confidencial: en el caso de datos regulados por leyes o que afecten a acuerdos privados que exigen la protección de las personas y de las instituciones involucradas.
- Solicitudes maliciosas que vulneren claramente el criterio de buena fe por ser irrespetuosas por su contenido o su forma. Cuando haya razones o indicios de que la comunicación se ha presentado de mala fe, se desestimará su seguimiento y se informará al emisor de los motivos de la desestimación. VIVA MAKENI se reserva entonces el derecho a tomar medidas disciplinarias o de otra índole.
Procedimiento
1.Acceso: por la página web, para la recepción de denuncias o por los medios establecido en el punto de accesibilidad. A este sistema tendrán acceso exclusivamente la secretaria general o personas designadas por la Junta de gobierno para la gestión de las denuncias, que se comprometen a tratar de manera confidencial la información recibida.
- Recepción : la Secretaria General deberá hacer constar fecha de recepción, forma y contenido. Se abrirá, para cada denuncia recibida, número de expediente que permita su control y seguimiento.
- Análisis de pertinencia: Se analizarán los hechos denunciados para determinar si procede continuar la investigación, archivar la denuncia por no existir indicios de delito o de conducta inapropiada o si se traslada a otro órgano competente
. 4. Designación de Instructor: admitida la denuncia, se abrirá un expediente de investigación y se establecerán la persona o personas que realizarán la investigación
5.Resolución: Se emitirá un informe con las conclusiones que deberán ser aprobadas en Junta de Gobierno, comunicado al denunciante y publicado en la pagina web en el apartado correspondiente